6 noviembre, 2019
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Teresa Muñiz
El derecho a una vivienda digna es reconocido como un derecho de los ciudadanos en las constituciones de la mayoría de países de nuestro entorno, incluido el nuestro. No deja de ser sin embargo una declaración de intenciones que está muy lejos de ser una realidad.
Es evidente que se trata de una necesidad básica pero , en nuestras sociedades, el sistema habitual de acceder a ella es a través de poseer los recursos suficientes para adquirirla en propiedad, o para abonar un alquiler a un propietario.
Este hecho, unido al modelo económico actual que aprueba y estimula el derecho a conseguir el mayor beneficio por el capital invertido, da lugar a una especulación que incrementa los precios.
Nosotros consideramos que los recursos colectivos bien administrados han de facilitar el que todas las personas disfruten de unas condiciones que les permitan vivir sus vidas en las mejores condiciones posibles . En cuanto al acceso a una vivienda, el poder hacerlo en modelo de cesión de uso abre un camino en esa dirección.
Para que esta opción pueda ofrecer todas sus ventajas necesitaría la implicación de las distintas administraciones ( ayudas en forma de cesión de suelo, ventajas impositivas o aportación de recursos) y de las entidades financieras ( facilitando una financiación al conjunto de los promotores del proyecto) .
Sin embargo mientras se sigue trabajando en la sensibilización de ambos estamentos hemos de contar de momento con nuestras propias fuerzas. Esto se traduce en que el esfuerzo individual para acometer estos proyectos sea grande y que no todos los que compartimos en este momento la idea podamos forman parte de ella.
Pero ello no nos impide poner las bases sobre las que queremos avanzar. Queremos que , aunque la aportación inicial sea individual ( en los casos en que no hayamos alcanzado una financiación colectiva), la propiedad de lo construido en común sea colectiva mientras se utilice esa vivienda. En el momento en que uno de los participantes deje la vivienda, él o sus herederos podrán recuperar la misma cantidad aportada. Se pone fin de ese modo al modelo especulativo de modo que cada cooperativista sabe cuales van a ser sus gastos a lo largo del tiempo y por otra parte se favorece la incorporación del nuevo cooperativista cuando la vivienda cambia de usuario.
La forma jurídica que adoptamos es la de cooperativa de vivienda en cesión de uso
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